Violencia contra las Mujeres

La violencia contra las mujeres es un problema de Derechos Humanos y Salud Pública, que causa diversos y variados problemas en la vida de las mujeres, desde la percepción de poca valía ante sí mismas, hasta provocar incluso la muerte de muchas de ellas en todo el mundo.

 

Antes de abordar este tema, es importante entender en que consiste específicamente este tipo de violencia para poder identificar claramente el problema y proponer soluciones.

La violencia contra las mujeres en sus diferentes modalidades se consideraba en épocas pasadas como un asunto de carácter privado, esto por la posible influencia de la cultura en ciertas formas de relación de pareja, en particular en lo que respecta al poder, que tiende a poner en desventaja a las mujeres frente a los varones (Noriega y Ramos, 2002: 41), y por la estructura social de carácter patriarcal que afirma y sustenta desde los símbolos hasta las prácticas, en una sociedad en donde las mujeres somos vistas como subordinadas al poder de los hombres. De tal suerte, la violencia ejercida contra las mujeres ha sido legitimada por la estructura social. La violencia en contra de las mujeres en las relaciones de pareja parece ser un resultado directo de la falta de equidad en la distribución del poder entre los hombres y las mujeres y ha sido legitimada por el orden socio histórico.

La violencia contra las mujeres no es exclusiva de ningún sistema político o económico; se da en todas las sociedades del mundo y sin distinción de posición económica, raza o cultura, las estructuras de poder de la sociedad que la sustentan se caracterizan por un profundo arraigo a las estructuras sociales establecidas y su ejercicio asimétrico del poder. En todo el mundo, la violencia impide a las mujeres ejercitar sus derechos humanos y disfrutar de ellos.

Castro y Casique argumentan que “Son las razones de género las que más claramente dan cuenta de la violencia contra las mujeres: es el simple hecho de ocupar una posición subordinada respecto de su pareja (al igual que frente a los hombres en el conjunto de la sociedad), lo que finalmente constituye el principal factor de riesgo para las mujeres de sufrir violencia. De ahí que también se hable de violencia de género para referirse a la que padece la mujer por parte de la pareja (aunque de nuevo las manifestaciones de este tipo de violencia no se limitan al ámbito privado e íntimo de la pareja), pues la noción de violencia de género hace referencia justamente a todas las formas de agresión que son posibles debido a la desigualdad de poder entre hombres y mujeres en la sociedad.” (Castro y Cacique 2010:20)

Las Naciones Unidas definen la violencia contra las mujeres como «todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la privada. (Vallejo, 2005:6)

La violencia tiene serias consecuencias para las mujeres en términos de integridad, autoimagen, valor, patrimonio, aspiraciones, reconocimiento, sexualidad, relaciones interpersonales y salud. Este tipo de violencia es uno de los muchos que envuelven a nuestra sociedad, y es evidente su seriedad en todos los sectores socioeconómicos, religiosos, culturales, étnicos y en todas las regiones del país. Por tal razón, debe ser tratado como un problema social y no sólo como un asunto privado, pues tiene implicaciones de tipo relacional, contextual y estructural y debe ser vista… “…como una forma específica de violencia (es decir, no asimilable a la violencia social en general) y como una expresión radical de la desigualdad de género (Dobash y Dobash, 1979; Yllö y Bograd, 1988; Sugarman y Hotaling, 1989. Citado en Castro y Cacique, 2010:11).

Por esto, la violencia contra las mujeres ha cobrado gran importancia e interés como lo confirma la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuando aprobó en Belem do Pará, Brasil, una convención para prevenir, sancionar y erradicar la violencia, estableció como violencia contra la mujer: Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. Esta violencia tiene lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio de la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual; o que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra.». (Donoso Siña, Dr. Enrique. Revista Chilena de Obstetricia y Ginecología (Editor Jefe). «El 9 de junio de 1994. Citado en Vallejo, Junio 2005:7)

La violencia contra las mujeres todo tipo de violencia ejercida contra la ellas por su condición de mujer y adquiere especial dramatismo en el ámbito de la pareja y familiar, su origen está en la desigualdad de género pues provoca que el hombre tenga la creencia de que tiene permiso para poder ejercer violencia contra su pareja.

Las Naciones Unidas en su 85ª sesión plenaria, el 20 de diciembre de 1993, ratificó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer

Define la violencia contra la mujer en su primer artículo:

A los efectos de la presente Declaración, por "violencia contra la mujer" se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.

«La violencia contra la mujer tiene un alcance mundial y se presenta en todas las sociedades y culturas, afectando a la mujer sin importar su raza, etnia, origen social, riqueza, nacionalidad o [...] condición» (Vallejo: 2005:8)

La violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja es un asunto de carácter social que nos concierne a todos y puede ser intervenido como asunto de salud pública. Es un tema de carácter práctico que merece ser explicado desde varios lugares ya que es un fenómeno con muchas causas y consecuencias de carácter estructural, contextual, individual y relacional.

Mtra. Maricela Ambriz